Auto de Formalización Nro. 2897/2023 CASO PENADÉS Y OTRO PROFESOR DE HISTORIA

Auto de Formalización Nro. 2897/2023
Montevideo, 10 de Octubre de 2023
Admítese la solicitud de formalización de la indagatoria preliminar que sustancia el Ministerio Público por ajustarse a los presupuestos edictados en el art. 266.2 del CPP, en consecuencia decrétase la sujeción al proceso de G.P. por la presunta comisión de once delitos de Retribución a la explotación sexual de menores de edad y cuatro delitos de Abuso sexual especialmente agravados, tres delitos de Abuso sexual agravado, agravados y un delito de Violación, un delito de desacato, un delito de Corrupción de menores y un delito de Atentado violento al pudor, todo en régimen de reiteración real, en calidad de autor, y de S.M. por la presunta comisión de siete delitos de Contribución a la explotación sexual de menores de edad en régimen de reiteración real en calidad de autor.-
Comuníquese al ITF y la Jefatura de Policía de Montevideo.-
Dra. Marcela María VARGAS SANINI
Juez Ldo. Capital 36º Turno

Interlocutoria Nro. 2900/2023
Montevideo, 10 de Octubre de 2023
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto en los arts 221 y 224 a 227 del CPP, se dispone en carácter de medida cautelar respecto de G.P. y S.M. la prisión preventiva hasta el día 09 de abril de 2024, comunicándose.-
Atento a lo manifestado por la defensa del imputado P., practíquese pericia médico forense a fin de que el médico se sirva determinar si el imputado puede ser ingresado a un centro carcelario, a tenor del artículo 228 literal C del CPP, acompañándose historia clínica y practicándose en carácter de urgente, cometiéndose a oficina actuaria su coordinación con ITF.-
Trábase embargo genérico respecto de G.P. hasta cubrir la suma de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos) y respecto de S.M. hasta cubrir la suma de $3.000.000 (tres millones de pesos), oficiándose al Registro General de actos personales.-
Dispónese la suspensión para ambos imputados en el ejercicio de la patria potestad o guarda e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas o privadas en el área educativa, de la salud, y de todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, conforme lo establecido en el art. 79 de la Ley 19.580.
Dra. Marcela María VARGAS SANINI
Juez Ldo. Capital 36ª Turno