Homicidio en Avda. Apolón al 300 Uno como autor y dos como cómplices

Culminadas las actuaciones en sede de Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra Oficio a los efectos de comunicar que por Auto de Formalización del día de la fecha, se dispuso:
Téngase por formalizada la investigación del imputado S.E.M.P., por la presunta comisión en calidad de cómplice de UN DELITO DE HOMICIDIO ESPECIALMENTE AGRAVADO.- Y por Interlocutoria, del día de la fecha, se dispuso:
En definitiva, se impone la prisión preventiva por 180 días, que vencen en forma automática el día 15,2,2025 a la hora 18, comunicándose a INR 20.-
Para el caso de prisión preventiva: La Autoridad Administrativa deberá cumplir con lo dispuesto por el art, 232 del NCPP.-

Este Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que por Auto de Formalización del día de la fecha, se dispuso:

Téngase por formalizada la investigación del imputado R.R.R., por la presunta comisión en calidad de cómplice de un DELITO DE HOMICIDIO ESPECIALMENTE AGRAVADO. Y por Interlocutoria del día de la fecha, se dispuso:

En definitiva, se impone la prisión preventiva por 180 días, que vencen en forma automática el día 15,2,2025 a la hora 18, comunicándose a INR 20.-

Para el caso de prisión preventiva: La Autoridad Administrativa deberá cumplir con lo dispuesto por el art, 232 del NCPP.