Se eligen los candidatos presidenciales únicos por partido

En las elecciones internas de este domingo se eligen los candidatos presidenciales únicos por partido y los integrantes de los órganos deliberativos nacionales y departamentales donde figurarán dos hojas de votación: una con el precandidato a la Presidencia y la lista de candidatos, titulares y suplentes a integrar el Órgano Deliberativo Nacional; La otra incluirá la lista de candidatos, titulares y suplentes, a integrar el Órgano Deliberativo Departamental.

Podrá conocer aquí el número de circuito que le corresponde y dirección.

Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, y les correspondiera votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica.

En este caso se tomará el voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación y observación a modo de declaración jurada.

La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de los partidos políticos; son sus delegados los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral.

En el caso de que el votante no encontrara la o las hojas de su preferencia podrá retirarse sin votar y volver en otro momento.

En esta oportunidad el voto no es obligatorio, por lo que no se extenderán constancias de voto.

El horario de votación será entre las 8:00 y las 19:30 horas.

Veda:

Según la ley 16.019, la veda debe comenzar 48 horas antes del día que se celebren las elecciones. Es decir, rige a partir de la medianoche del jueves 27 de junio.

La ley establece que durante la veda deben cesar «la realización de actos de propaganda proselitista en la vía pública o que se oigan o perciban desde ella, o que se efectúen en locales públicos o abiertos al público y en los medios de difusión escrita, radial o televisiva».

En este marco, la ley de elecciones 7.812 indica que desde las 24 horas anteriores a la clausura de la votación, y hasta que se cierren los circuitos, no se pueden vender bebidas alcohólicas. Es decir, desde las 19:30 del sábado y hasta las 19:30 del domingo. Tampoco podrán realizarse durante las elecciones espectáculos públicos, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.