Dictamen de una ” Causa Histórica”

IUE: 94-10112/1981
JUZGADO: JUZGADO LDO.PENAL 27º
TIPO: EN DESPACHO
CARÁTULA: F. DE H., C. – SU MUERTE. PIEZAS DE LA 11 A LA 15
N.º DE ACTUACIÓN: 329
Sra. Jueza:
Luego de una extensa instrucción que llevó décadas -donde fueron utilizadas todas las herramientas posible con que cuenta un Estado en la persecución de los delitos- ha quedado primariamente acreditado lo siguiente.

ANTECEDENTES
El 27 de Junio de 1973 se consolidó en el país el golpe de estado de carácter civil y militar, que había tenido su ensayo el 9 de Febrero de ese año.
De esa forma se ratificó un camino inexorable de las fuerzas armadas en la vida política del país, que había comenzado con el decreto 566 /971 de fecha 9 de Septiembre de 1971 por el que se le otorgó la conducción de la lucha contra la guerrilla imperante en el país. Al respecto, dicha norma disponía “Disponese que los Mandos Militares de Defensa Nacional, asuman la conducción de la lucha antisubversiva”.
Como consecuencia del golpe de Estado, se instauró un régimen autoritario que suprimió todos los derechos, garantías y libertades reconocidas en la Constitución.
Sus primeras medidas marcaron de forma indeleble lo que se vendría. El día del quiebre institucional, se establecieron distintos decretos que dieron la pauta del derrotero posterior. Así, mediante el decreto 464/973 se procedió a la clausura del Parlamento, con el 465/973 se hizo lo propio con las Juntas Departamentales. En tanto que, por el decreto 466/973 se limitó el derecho de reunión.
Por su parte, en el marco de la huelga general resuelta por la Convención Nacional de Trabajadores (en adelante CNT) -como respuesta al golpe de estado- el Presidente de facto J.M.B., el día 30 de Junio de 1973, por Resolución N°1103 dispuso la clausura de la central sindical y la persecución de sus dirigentes e integrantes más notorios. En efecto, dicha resolución estableció “El Presidente de la República resuelve: 1) Declarar ilícita la asociación denominada Convención Nacional de Trabajadores (CNT) disponiendo su disolución. 2) Prohibir todos sus actos, reuniones y manifestaciones de cualquier naturaleza. 3) Clausurar sus locales… 4) Ordenar el arresto de los dirigentes responsables, así como de cualquier otro integrante que hubiera incurrido en ilícitos penales sometiéndolo a juez competente. 5) Cometese a los Mandos Militares y Policiales dependientes de los ministerios de Defensa Nacional e Interior el cumplimiento de las medidas dispuestas”.
Lo ordenado se llevó en forma inmediata a la práctica, por cuanto los primeros días del mes de Julio de 1973 se requirió la captura de 61 sindicalistas integrantes de la CNT.
En línea con el camino ensayado previamente, por decreto 1026/1973 de fecha 18 de Noviembre de 1973 se ilegalizaron distintos partidos y/o movimientos políticos de izquierda, que hasta la fecha eran legales, y como
tales, habían participado en la elección nacional del año 1971. De igual forma también se ilegalizó la gremial de estudiantes universitarios.
En tal sentido el decreto dispuso “Disuélvense las siguientes asociaciones: Partido Comunista, Partido Socialista, Unión Popular, Movimiento 26 de Marzo, Movimiento Revolucionario Oriental, Partido Comunista Revolucionario, Agrupaciones Rojas, Unión de Juventudes Comunistas, Partido Obrero Revolucionario, Federación de Estudiantes Revolucionario del Uruguay, Resistencia Obrero Estudiantil, Federación de Estudiantes Universitarios, Grupos de Acción Unificadora, Grupos de Autodefensa, clausúranse sus locales, procediéndose a la incautación y depósito de
todos sus bienes. Dispónese asimismo la clausura de los diarios “El
Popular” y Crónica”.
Con este marco normativo, comenzó la persecución a todos los ciudadanos que intentaron resistir a la dictadura mediante la estructura que desde la clandestinidad dichas organizaciones se dieron.
En la persecución de las organizaciones ilegalizadas y de las personas que intentaron resistir a la dictadura, estuvieron involucrados gran parte de los organismos del Estado, empero, en especial todas las dependencias policiales y unidades militares del país.
No obstante, para la persecución específica a los opositores al régimen de facto, se crearon o fortalecieron distintos organismos represivos como el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (en adelante OCOA) el Servicio de Información de Defensa (en adelante SID) la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (en adelante DNII) la Compañía de Contra información, el cuerpo de Fusileros Navales (FUSNA), etc, con un relevante trabajo de inteligencia y acumulación de datos sobre grupos y personas
opositoras al régimen. Agencias que, además de compartir la información obtenida, en ocasiones
participaban en forma conjunta de los operativos y confluían en los centros de detención.
De ella sobresalieron el SID y la DNII principales agencias de Inteligencia militar y policial respectivamente.
Entre los años 1973 y mediados de 1975 las fuerzas represivas continuaron su persecución a la base mínima que aún mantenía el Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros, al Partido Comunista Revolucionario, al Movimiento de Independientes 26 de Marzo, a los Grupos de Acción Unificadora y otros
sectores minoritarios de orientación marxista.
Entre Octubre de 1975 y comienzos del año 1976 dichas fuerzas, pero en
especial el OCOA el SID y la DNII llevaron a cabo el “Plan Morgan”. Un
operativo a gran escala contra el Partido Comunista del Uruguay (PCU) y la
Union de Juventudes Comunistas (UJC) con la detención de centenares de
dirigentes y militantes de dichas fuerzas.
A partir de Marzo de 1976 comenzó la persecución al Partido por la Victoria
del Pueblo (PVP) y a lo largo de ese año se destruyó la mayor parte de su
organización en Uruguay y Argentina.
Huelga resaltar, que los dirigentes de los partidos tradicionales que se mostraron hostiles a la dictadura, también fueron motivo de persecución y aún de detenciones por el régimen.
Por su parte, en esa época se comenzaron a dar tratativas entre algunos integrantes del gobierno de facto  principalmente a través de su Ministro de Economía A.V.V.- e integrantes de los partidos tradicionales en Uruguay y
aún de la oposición política radicada en Argentina en procura de una eventual salida a la dictadura.
Las intenciones finalizaron de la peor forma, desde que los sectores más comprometidos con el régimen dictatorial en general y con las graves violaciones de los derechos humanos en particular, enquistados en el Depto.
III del SID (Planes, Operaciones y Enlace) y la DNII procedieron a dar muerte a los legisladores Z.M. y H.G.R. y con ello abortar toda posible salida. Tras tales acontecimientos, en Junio de 1976 se produjo el relevo del dictador
J.M.B. por A.D. y casi inmediatamente el de éste por A.M. En forma muy cercana al cambio presidencial, se dictaron los primeros actos institucionales.
Mediante el N.º 1 se suspendieron las elecciones nacionales previstas para ese año. En tanto, mediante el N.º 4, por el lapso de 15 años, se prohibió toda actividad política (proscripción) para aquellos que integraron las listas en las
elecciones de los años 1966 y 1971 de los partidos o movimientos políticos ilegalizados, así como respecto de los electos en las elecciones de 1966 y 1971 de los partidos tradicionales y no ilegalizados del Frente Amplio. En
1978 la dictadura civil y militar se encontraba muy firme.
La enorme mayoría de los dirigentes y militantes de los partidos y movimientos políticos de orientación marxista estaban presos, muertos o en el exilio, en tanto, los dirigentes de los partidos tradicionales y los sectores no
marxistas del Frente Amplio proscriptos y muy controlados por los servicios de inteligencia.
Pese a ello, no sin dificultades, pero los partidos políticos intentaban mantener su estructura orgánica.
El Partido Nacional no escapaba a dicha lógica, que pese a la persecución mantenía su dirección en Uruguay mediante un triunvirato encabezado por M.H.U., el Prof. C.J.P. y el Esc. D.O. A éste se sumaban, entre otros el Dr.
L.A.L. En este contexto tan negativo para los partidos, éstos en forma clandestina procuraban tender vínculos con representantes extranjeros y también con algunos integrantes del gobierno, en pos de una vuelta ordenada hacia la
Democracia.
Pero como era de esperarse, ello era conocido por las agencias de inteligencia.
De las fichas patronímicas elaboradas por la DNII y el SID surge que las víctimas M.H.U., C.J.P. y L.A.L. eran expiadas por dichos organismos.
Pero mientras estos acontecimientos se suscitaban, la interna militar también tenía sus pormenores y las pujas por el poder mostraban otras facetas de la realidad. Tales aspectos serán desarrollados infra.

HECHOS
En la noche del 29 de Agosto del año 1978, personas que aún no se han podido determinar, dejaron al lado del cajón donde se depositan los residuos de la finca del matrimonio compuesto por el Dr. L.A.L. y M.J.P., cita en XXXX, un envoltorio de papel azul de embalaje, conteniendo tres botellas de vino blanco, marca “RIESLING” de la bodega Los Cerros de San Juan.
Cada una de las botellas estaba embalada también con papel y poseía una tarjeta con la leyenda “EL JUEVES 31 AL MEDIODÍA BRINDAREMOS POR LA PATRIA EN SU NUEVA ETAPA”.
Tales tarjetas se encontraban firmadas con la sigla M.N.D. Asimismo, las acompañaba otra tarjeta de menor tamaño con el nombre de los destinatarios L.A.L., C.J.P. y M.H.
El envoltorio fue ubicado por la empleada del matrimonio L./P., la Sra. M.S.M.C., quien al ver el nombre del Dr. L. optó por ingresarlas a la casa y ponerlas a disposición de sus empleadores.
Quien tomó conocimiento de la existencia de las botellas en la casa, fue la Sra. J.P., que en forma inmediata avisó en forma telefónica a su cónyuge.
Precisamente J.P. fue quien llevó la botella que se encontraba a nombre de M.H. al apartamento de éste. No obstante, la dejó al portero del edificio.
En tanto, el día siguiente el Dr. L. hizo lo propio con la dirigida al Prof. C.J.P.
El matrimonio L./P. desconfió del origen de las botellas y procedió a derramar el vino y enjuagar la botella. Según lo expresado por L. “…derrame en la pileta del office íntegra, enjuague la botella y la dejé al lado
de la pileta” (fs. 84 vto).
El Prof. C.J.P. también desconfió del regalo y lo enigmático del mensaje, por tanto optó por colocarla en un armario y no beber el vino. M.H. recibió la botella de manos del portero, le llamó la atención el mensaje que acompañaba a la botella, pero optó por colocarla en un estante de la antecocina.
Quienes recibieron las botellas se comunicaron entre sí, desconfiaron de su origen y optaron por no abrirlas.
No obstante, en horas del mediodía del 5 de Septiembre, la Sra. M.C.F.E. de H. abrió la botella que le fuera enviada, sirvió muy poco en un vaso y bebió un sorbo.
Enseguida comenzó a sentirse mal, a tener temblores por lo que su empleada optó por acostarla.
Acto seguido, se comunicó por teléfono con M.H. y con el Dr. B.F. hermano de la víctima.
Asimismo, fue a buscar al Dr. A.V.F. quien se domiciliaba en el mismo edificio. Todos llegaron en forma inmediata, pero nada pudieron hacer.
El vino contenía una importante dosis de un veneno de origen fosforado, cuyo nombre comercial es Fosdrin. Veneno que fue el causante de la muerte. Tras el fallecimiento de la Sra. F., próximo a las 15 y 30 de la tarde, M.H.
y el Dr. F. se dirigieron a la Seccional Policial 10a. a radicar la denuncia.
La botella dirigida a M.H. de la que bebió C.F., fue retirada por personal de la Seccional 10a cuando se hizo presente en el lugar el Comisario G. y remitida por él a la Dirección Nacional de Policía por oficio N.º 1593 (fs. 31y 498).
La botella que le fuera remitida al Dr. L.A.L. fue entregada al Sub Comisario J.R.Z. “De noche estando en el velatorio de de la señora de H. fui a mi domicilio en un auto de la policía junto con el comisario Z. y le entregué la botella y creo que el corcho también” (fs. 85 vto).
Por último, la botella dirigida al Profesor C.J.P. fue entregada por éste el día del hecho “en Jefatura” … “En dicho lugar entregue la botella a los comisarios C.H. Y Y.C.” (fs. fs. 76 vto.).

LA INVESTIGACIÓN DE LOS HECHOS
En forma inmediata a la denuncia presentada por M.H., el Sub Comisario W.S.S. a cargo de la Seccional 10a. puso en conocimiento del hecho a su superior el Comisario W.G.A. Tras la noticia, G. se constituyó en el domicilio del matrimonio H./F. ubicado en XXXX a los efectos de relevar la escena y disponer las medidas de urgencia.
En el lugar se hicieron presentes el Jefe de Policía Coronel J.B., el Inspector Y.C. (Jefe de homicidios), el Sub Director de Seguridad J.A.T., el Director de Policía Técnica A.F.M., el Inspector de 1ra. Zona J.L.M., el Director Nacional de Información en Inteligencia V.C. y el Comisario W.G.A. titular de la Seccional 10a. (fs. 2 y 3).
Del Oficio N.º 4337 por el cual se puso en conocimiento del hecho al Juez Letrado competente, no surge que éste se haya presentado en la escena del hecho. Y al estar a sus propias declaraciones recién fue informado del evento
en la noche. (fs. 1631).
Pese a que se trataba claramente de un homicidio y que en el lugar de los hechos se encontraba el Comisario Y.C., Jefe de Homicidios, lo real es que a pocos días del comienzo, la investigación fue derivada a la Dirección
Nacional de Información e Inteligencia.
Ello fue consignado en el Oficio N.º 4337 “todas las actuaciones realizadas por ésta Seccional, fueron pasadas a la Dirección Nacional de Información e Inteligencia…” (fs. 2 vto.). Se desconoce los motivos de la asignación, así como quien la dispuso.
Si bien las actuaciones fueron derivadas a la DNII, lo real es que la investigación recayó en la Dirección de Narcóticos a cuyo frente se encontraba el Comisario H.C.H. Y precisamente éste fue el encargado de llevar a cabo la investigación. Ello surge muy claramente de las distintas intervenciones realizadas por éste.
En tal sentido se deben tomar en consideración las diversas actas labradas ante su repartición y firmadas por él de fs. 59 a 61, 67, 71, 74, 78, 79, 82, 83, 87, 89, 91, 93, 95, 97, 138.
Asimismo, los oficios suscriptos por él en procura de obtener elementos de prueba: a.- Oficio N.º 190 dirigido Policía Científica para que sean periciadas las tarjetas obtenidas. (fs. 7). b.- Oficio N.º 186 dirigido al perito calígrafo del Poder Judicial para que informe acerca de los tarjetones recibidos con la frase “EL JUEVES 31 AL MEDIODÍA BRINDAREMOS POR LA PATRIA EN SU NUEVA ETAPA” (fs. 256).
Así como los dirigidos al Juez de la causa. donde lo puso en conocimiento de los pormenores de la investigación.
a.- Oficio N.º 211 por el cual el día 20 de Septiembre describió todo lo realizado y lo pendiente. Allí se detalló pormenorizadamente los hechos, la línea de investigación y las medidas pendientes (fs. 14 a 29).
b.- Oficio N.º 248 por el cual informó la citación de personas e informe meteorológicos del día de los hechos (fs. 49).
c.- Oficio N.º 279 por el cual puso en conocimiento de un escrito anónimo entregado por una persona que guardaría relación con el caso (fs. 140). d.- Oficio N.º 359 por el cual dio cuenta de la cantidad de personas a las que se le tomaron muestras caligráficas y las que restarían (fs. 276 y 277). e.- Oficio N.º 392 por el que se ordenaron algunos allanamientos (fs. 284 y 285).
Este protagonismo abrumador del Comisario C.H. (que a la sazón no realizó ningún avance sustancial en la investigación) contrasta abiertamente con lo realizado por el Juez. A poco que se analice la causa, se verá que amén de no concurrir a la escena del crimen, el Juez no ordenó una sola medida de instrucción.
En efecto, recién los días 8 de Octubre, 27 de Octubre y 30 de Octubre de 1978 obran en el expediente, tres mandatos verbales por los que se citaron a determinadas personas (fs. 99 ,172 y 198) Citaciones que obviamente seguían la lógica de la investigación policial que giró siempre sobre las muestras caligráficas obtenidas a los declarantes.
Tras disponer algunas medidas para procurar obtener información del lugar de compra de los vinos y del Fosdrin, la investigación se focalizó únicamente en el análisis de las pruebas caligráficas de las personas que fueron citadas a
declarar ante la Sede (en tal sentido ver fs. 99 a 132, 142 a 165, 173 a 255, 264 a 275).
Y lo inaudito que entre los investigados en dicho punto, fueron las víctimas (fs. L.A.L. fs. 121 a 124, C.J.P. fs. 125 a 128 y M.H. 129 a 133). Y no solo ello, sino que también a las figuras políticas más representativas del Partido
Nacional (fs. 142 a 165).
Correlato de lo anterior, el perito calígrafo del Poder Judicial Dr. P.A. intervino en distintas ocasiones sin avances para la investigación. (fs. 6, 48, 257 a 263 y 286).
Tampoco participó desde el comienzo de la instrucción el Ministerio Público. Recién el día 1° de Agosto de 1980 se dio vista fiscal la que fue evacuada por dictamen N.º 2567 de fs. 292 y 293.
En tanto, el día 31 de Octubre de 1980 se produjo el primer decreto del Juez de Instrucción, por el que solo ordenó cumplir las medidas solicitadas por el Ministerio Público (fs. 294).
Tras diligenciarse tales medidas y aún otras que fueron reclamadas por el Ministerio Público, al no obtenerse nuevos elementos que permitieran avances, el día 10 de Octubre de 1988 el Juez de la causa dispuso el archivo
de las actuaciones sin perjuicio de ulterioridades (fs. 523).

DESVIACIONES Y OMISIONES DE LA INVESTIGACIÓN
A poco que se analice la investigación policial (que fue en definitiva quien llevó adelante la misma) se verá que ésta estuvo en todo momento teñida de omisiones, incongruencias e inconsistencias que a la sazón llevaron a ocultar a los verdaderos autores de tan vil acto.
Conforme al único documento que se autorizó desclasificar de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de los EEUU sobre el asesinato de la Sra. C.F. se puede extraer (pese a las importantes obliteraciones contenidas) que la investigación fue direccionada hacia el fracaso. En parte del mismo se consignó “A pesar de las declaraciones y de las condolencias del Ministro del Interior, General H.L.B. y del Comandante en Jefe, General
G.A., han surgido pruebas de un intento por restringir la investigación (eliminado) recientemente (eliminado)” (fs. 866 a 868 y 869).
Más allá de dicha comunicación lo real es que del análisis de la causa surge lo siguiente:
1.- Como ya lo expresáramos, conforme a la competencia natural, la investigación debió recaer en la división homicidios.
No obstante, por motivos que nunca se aclararon, las autoridades de la época dispusieron que recayera en la Dirección de Narcóticos a cargo del Comisario H.C.H., quien se encontraba secundado por el Sub Comisario J.R.Z.Q.
En el Oficio N.º 211 de fecha 20 de Septiembre de 1978 firmado por el Comisario H.C.H., por el que puso en conocimiento al Juez de la causa las diversas actuaciones llevadas a cabo, consignó a fs. 16 que “en atención a que
el delito podría tener connotaciones políticas, la superioridad dispuso que intervenga Narcóticos” (en tal sentido ver oficio de fs. 14 a 29). Pese a ello, el Juez de la causa Dr. J.C.L. expresó que él desconocía los motivos y
señaló “… además me llama la atención porque Narcóticos no tiene nada que ver con lo político” (fs. 1631 vto.).
2.- Pese a que las botellas estaban dirigidas al Dr. L.A.L., al Prof. C.J.P. y a M.H. y que a la sazón falleció la cónyuge de éste, lo real es que aquellos fueron parte de los investigados. Circunstancia no menor, por cuanto permitió
espiar sin trabas sus actividades políticas.
De las fichas patronímicas elaboradas por la DNII surge que las víctimas M.H.U., L.A.L. y C.J.P: concurrieron a declarar en calidad de indagadas.
En sus respectivas fichas se consignó “4/Oct./978 con relación a la anotación anterior, en la fecha el Juzgado Ldo. de Inst. de 2do. Turno dispuso su
emplazamiento para el día 6 de los corrientes. y con el impedimento de salida del país” (fs. 1490, 1497 y 1516 respectivamente).
Ello fue corroborado por el Prof. C.J.P. ante la Sede “En la resolución resultamos emplazados con la prohibición de salir del país. Cuando alrededor de 3 meses después visite al Juez y le pedí que me informara cual era la razón de nuestro emplazamiento, la respuesta fue contundente “Ustedes son los principales sospechosos” (fs. 1619).
3.- Si bien todo lleva a la conclusión que la muerte fue por envenenamiento, ya que el deceso se produjo en forma inmediata a la ingesta de vino con Fosdrin, lo cierto es que no existió autopsia y el reconocimiento médico
efectuado fue mínimo. Circunstancia que llama la atención, desde que éste es un protocolo básico ante hechos de tal naturaleza.
A fs. 5 consta lo que sería un acta de reconocimiento por parte del Médico Forense Dr. H.P.T., quien consignó “No presenta lesiones traumáticas ni de violencia. Se envían vísceras para examen toxicológico”. En tanto, a fs. 34 la Comisario (P.T) Química Farmacéutica H. M.G. informó “En la causa referida, el Dr. H.P.T., Médico Forense, entregó a este Laboratorio una muestra de jugo gástrico como extraído a las vísceras de la víctima. Se
analizó el líquido mencionado, determinándose que contiene 3- (dimetoxifosfinil) -oxy) 2 – buteanato de metilo, conocido comercialmente como fosdrín” (fs. 34).
Por su parte, la partida de defunción establece que el fallecimiento fue “a consecuencia de Según examen toxicológico” firmado por el Dr. H.P.T. (fs. 323).
4.- Conforme a lo que surge de fs. 8 y 9 de los presentes, es claro que la foliatura original de la documentación suministrada por la Dirección de Narcóticos salta abruptamente de folios 5 a 22. Lo que hace suponer que se
retiraron hojas del informe dirigido al Sr. Juez.
5.- Si bien en el oficio N.º 211 de fs.14 a 29 dirigido al Juez de la causa el 11 Comisario H.C.H. describió detalladamente los hechos y la investigación realizada y proyectada, no hizo alusión alguna a los posibles móviles.
Punto central en toda investigación.
Ello contrasta abiertamente con el oficio N.º 199 -realizado también por C.H.- dirigido al Director de la DNII y con copia la Depto. III del SID, donde informó que “La opinión generalizada del suscrito y demás oficiales que intervinieron en la investigación, es que se trata de un acto de terrorismo político cuyo móvil sería el perturbar el actual proceso de normalización constitucional previsto en el plan político de las Fuerzas Armadas y que viene siendo implementado por el Gobierno. Si se nos permite otra opinión diríamos que el hecho no es característico de las organizaciones terroristas de izquierda” (fs. 3719).
Es decir, desde el comienzo tenían claro el motivo y por donde debía llevarse a cabo la investigación. Pese a ello, ésta transcurrió ostensiblemente por otros carriles.
6.- Del expediente judicial no surge una medida básica que debieron ordenar los investigadores. La pericia dactilar de las botellas. Ello no surge de los oficios remitidos a la Dirección Nacional de Policía Técnica por parte de C.H. (fs. 7 a 10) ni el enviado por R.Z. (fs. 11).
Tampoco surge informado en el oficio N.º 211 de fs. 14 a 29 por el que C.H. puso en conocimiento de la Sede todas las medidas dispuestas.
7.- En el comienzo de la investigación policial y judicial quedó comprobado que J.C.G., sobrino de C.R., había comprado Fosdrin. Dable es resaltar que éste fue la segunda persona en ser citada ante la Sede (fs. 51 y 52).
Asimismo, siempre se tuvo conocimiento que R. era integrante de la Revista Azul y Blanco de orientación ultraderechista y posible perpetrador de los hechos investigados. Pese a ello, R. nunca fue citado a declarar.
8.- Como expresáramos en el capítulo INVESTIGACIÓN DE LOS HECHOS, todos los oficios, todas las actas de interrogatorios fueron firmados por el Comisario H.C.H.
El único que no fue firmado por él fue oficio N.º 195 de fecha 11 de Septiembre de 1978 dirigido al Director Nacional de Policía Técnica que fue firmado por el Sub Comisario J.R.Z.
En efecto, mediante dicho oficio, el Oficial Z. consignó “Adjunto al presente, envío a usted tres botellas de vino “Riesling” de los Cerros de San Juan, que le fueran enviadas a las personas C.J.P., L.A.L.H. y M.H.U.,
y cuyo contenido fuera el que ocasionara la muerte de la Sra. M.C.F.E.H.
Se desea establecer si en las mismas hay vestigios de algún sello de goma o similar, indicador del precio como los usados comúnmente”.
No se logra comprender que es lo que se solicita y que aportaría a la investigación.
Tampoco existe contestación a éste oficio.
Muy probablemente, en conocimiento del Oficio N.º 250 de Policía Científica, por el cual se constataron las huellas de Z. en una de las botellas, fue un intento de desviar la atención y demostrar que estuvo en contacto con las
mismas.
9.- Pese a las anteriores inconsistencias, la principal omisión y la que permite afirmar responsabilidades, es la que surge del informe dactiloscópico que no fue incorporado en autos.
En efecto, el Informe N°250/978 de fecha 6 de Septiembre de 1978 realizado por el Cabo J.B.L. dirigido al Director Nacional de Policía Técnica informó lo siguiente “Ante lo solicitado en el presente, cumple informar a Ud. que se procedió a realizar una pericia Papiloscópica en las dos botellas recibidas a esos efectos, ubicándose en una de ellas un rastro correspondiente al dedo Índice Derecho del Sr. L.A.L.H.; en la otra botella se relevaron cuatro rastros dactilares, tres de ellos corresponde a los dedos Índice Izquierdo, Medio Anular de la misma mano del Sr. Sub
Comisario J.R.Z.Q-, Ced. de Id. N.º x.xxx.xxx …” (fs. 45 de la documentación aportada por el Ministerio del Interior en el año 2006, fs. 502 vto. y 3096 de los presentes.
Este informe, de singular trascendencia para la investigación, no fue proporcionado a la causa por los investigadores C.H. y Z. y solo se tuvo acceso cuando en el año 1988 (es decir a 10 años de los hechos) el nuevo
Juez de la causa solicitó al Ministerio del Interior le remitiera toda la información del caso F.H. Sobre este punto volveremos más adelante.

MOTIVOS PARA LOS ATENTADOS
En el año 1978, como ya había ocurrido en el año 1976, existían, por un lado tratativas con miras de alcanzar una salida institucional y la sustitución del Presidente A.M. (de avanzada edad y con problemas de salud) y por otra
una puja interna en el seno de las Fuerzas Armadas por el poder y por evitar una vuelta a la Democracia.
Ambos componentes, fueron el disparador de las acciones que derivaron en el atentado, y su consecuencia, la muerte de C.F.
Y al igual que en 1976 los responsables lograron su objetivo, pues todo volvió a foja cero. Distintos reportes de la Embajada de los EEUU en Uruguay remitidos al Departamento de Estado de ese país, dan cuenta de tales pormenores.
Según nota de Septiembre de 1978 se informó “ Los miembros del Partido Blanco se encuentran convencidos de que la Sra. F.H. fue víctima de un acto terrorista, cuyos perpetradores son ultra derechistas. Los moderados
dentro del Gobierno de Uruguay, quienes ganaron terreno por sobre los extremistas en el Asunto P., enfrentan ahora otra crisis” (fs. 787 y 789).
Otra nota también de Septiembre de 1978 explicó “Durante los dos últimos meses, el Triunvirato del Partido, que el Sr. H- integra, ha denunciado muy activamente el régimen uruguayo. El 18 de Julio, el Sr. H- y otros dos miembros de la Comisión firmaron una carta abierta al Gobierno” (fs. 791 y 794).
En otro informe de fecha Septiembre de 1978 se comunicó “…a través de nuestro contacto casi permanente con el triunvirato Blanco y con varios lideres del Partido, hemos solicitado paciencia a la luz de la reacción seria y
obviamente determinada del Gobierno frente al crimen” (fs. 795 y 796 vto.).
En otro reporte de Septiembre de 1978 puntualizó “La Mañana”, diario matutino pro-militar, abrió nuevos horizontes en su editorial del 8 de septiembre al afirmar que el buen juicio del político H. confirmó la naturaleza política del crimen y lo adjudicó a un esfuerzo por desviar la “vuelta a la normalidad política e institucional” (fs. 803, 804 y 805 vto.).
En un nuevo informe de Octubre de 1978 se elevó lo siguiente “La apertura política que los militares moderados han prometido públicamente y que el Ministro de Asuntos Exteriores F.M. dijo cercana en su visita a Washington, podría acabar siendo la víctima” (fs. 817 y 820).
Un nuevo informe de Septiembre de 1978 dio cuenta que “El 12 de setiembre, C.S. (editor de “El País” e íntimo de A.), en referencia al asesinato de la Sra. F.H con el Embajador, dijo: “Quien sea que haya cometido este asesinato estaba tratando de frustrar los procesos políticos iniciados por las Fuerzas Armadas.” Para cuando se lo presionó para que diera detalles, señaló que se trató de un ataque de la extrema derecha a los
moderados” (fs. 826 y 829).
Finalmente un último reporte de Septiembre de 1978 informó que “A medida que se disipa el shock emocional causado por el asesinato de la Sra. F.H., ha comenzado a surgir un consenso mas o menos desapasionado acerca del origen del asunto. La primera reacción de muchos fue dar por sentado que “el Gobierno” o “los militares” (como fuerzas hostiles no diferenciadas) estaban detrás de la tentativa de homicidio de los líderes prominentes de la oposición. En ese momento se ha llegado a ver que no se puede culpar lógicamente al Gobierno o a los militares en su conjunto, a pesar de su gran hostilidad hacia la “vieja política” que representan estos tres líderes. Es más, la hipótesis de que la extrema derecha cometió el atentado en un intento por desviar un proceso político que iría
inevitablemente en su contra, parece ser cada vez más aceptada. Nosotros también nos inclinamos por esta versión.” … “La tentativa de envenenamiento puede relacionarse con un rumor que ha estado circulando aquí por algunas semanas, y que en estos últimos días se ha hecho oír con más frecuencia e insistencia: que el Presidente M. estaba por dejar (o ser retirado) el mando, supuestamente por motivos de salud, y que sería sustituido por una junta de tres miembros que incluiría y sería designada por el Comandante en Jefe del Ejército A….” (fs. 834, 837, 837 y 838 vto.).
Sin perjuicio de los informes realzados desde la Embajada de los EEUU, esa también fue la interpretación realizada desde el Partido Nacional.
Del conjunto importante de integrantes del Partido Nacional que debieron prestar testimonio, solo a alguno de ellos se les pregunto acerca de los motivos. Y éstos relacionaron el atentado con el posible giro dentro de la
política del gobierno en pos de una mínima apertura.
En tal sentido el Dr. F.O.C. al ser preguntado “Que significado tiene para Usted, la fecha del 31 de Agosto.  Esa fecha era manejada para un cambio de gobierno, sustituyendo al actual por un triunvirato, incluso creo que entre el grupo cívico militar extremo derechista, mencionaba que nosotros estábamos en ese grupo dado que un ejemplar del
Talero mencionaba las conversaciones de A. con W.” (fs. 143 vto.). M.A.G. se expresó en similares términos y ante la misma pregunta contestó “Esa fecha cayó jueves, y el jueves es la fecha de reunión del COSENA, a esa específica fecha se le atribuía un carácter clave para algún tipo de cambio dentro de la conducción del gobierno nacional” … “se rumoreaba que un triunvirato iba a sustituir al Presidente M., dado que éste no gozaba de buena salud” (fs. 147 vto.).
Por su parte, el Esc. D.O.M. fue enfático en afirmar “Para mí es un atentado de carácter político, proveniente de sectores que en el país se oponen a toda apertura política” (fs. 152).
C.J.P. antes sus pares, en la Comisión Investigadora de la Cámara de Senadores sobre las circunstancias de la muerte de la Señora C.F.H. expresó “Emitiendo una opinión a título personal diré que creo que las botellas de
vino fueron un mensaje que mandó un grupo a otro de los que entonces integraban el gobierno, y que se disputaban la hegemonía del mismo.
Desgraciadamente, también pudo serlo la muerte de M. y G.R., porque diez días antes de que ellos fueran secuestrados, quien habla integró una delegación a Buenos Aires, con el actual embajador en Portugal, el
doctor A.V., para conversar con W.F.A., acerca de la supuesta o real proposición que algún amigo nos había hecho llegar, en el sentido de que podría encontrarse una salida a esta situación. Y según algunos amigos la respuesta de lo que entonces se denominaban duros- aunque duros eran todos- pudo ser la muerte de estos grandes compañeros, la de la señora F.H. y lo que pudo haber sido la muerte de tres familias. Pudieron ser mensajes que un grupo le mandaba a otro en esa sorda lucha que sostenían por el poder. No creo que haya habido una orden del gobierno para cometer este atentado; creo sí, que fue una forma de darse a conocer y advertirse entre sí, y también de expresar la lucha que mantenían”

(DIARIO DE SESIONES DE LA CÁMARA DE SENADORES N.º 164 Tomo 303 pág. 357 en acordonado “RESPUESTA DEL SENADOR C.J.P. AL OFICIO N.º 574 DE FECHA 9 DE FEBRERO DE 1988 CONTENIENDO LA SIGUIENTEDOCUMENTACIÓN…”).
En la misma línea se ubicaron quienes investigaron el caso en la faz privada, al sostener que en 1978 todo se encaminaba a la sustitución del Presidente de facto A.M. “por un triunvirato integrado por el propio G.A., N.S. de
procedencia blanca y F.G.C. de clara pertenencia colorada” (R.R. fs. 1604 vto).
“El cambio político apuntaba a la destitución del entonces presidente de facto A.M. y su sustitución por un triunvirato que iba a estar integrado por un militar, un dirigente vinculado al Partido Colorado y otro al Partido
Nacional. Los nombres que se manejaban era el militar Teniente Gral. G.A., por el Partido Nacional el Dr. N.S.A. y por el Partido Colorado G.C.” (A.A. fs. 1591 vto.).
Ahora bien, como venimos de señalar, en paralelo con éstas tratativas por una eventual salida institucional, se reiteraba una vieja disputa por el liderazgo del Ejército, y en definitiva del poder y el rumbo a seguir.
Desde comienzos del golpe de estado se mantenía cierta rivalidad entre el grupo de los Tenientes de Artigas (que se lo reconocía como el sector más duro y totalmente comprometido con las graves violaciones a los derechos
humanos) y el conocido como Chucrut también de origen nacionalista y comprometido con el proceso civil y militar, aún cuando más permeable a algunos cambios.
En el primer sector se ubicaban los generales E.C., A.P., C.P. y los oficiales de menor rango del Depto. III del SID comandados por J.G. y los militares y policías que regenteaba en tanto en el segundo el General
G.A. junto al General A.R. y su gente.
Como desarrollara el Oficial del caso a fs. 3736 y siguientes, desde 1974 los primeros atacaban a A. de conspirar con los sectores políticos en beneficio de su afán personal. Es más, en clave de inteligencia, llegaron crear el rumor de que negociaba una formula presidencial A./C.J.P. Algo absolutamente reñido con la realidad, pero argumento perfecto para dividir aguas, sumar adeptos y boicotear a A.
A lo anterior, se sumaron trascendidos sobre la orientación sexual de A.
Aspectos que llevaron a la iniciación de tribunales de honor, donde no se pudo demostrar nada de lo orquestado.
Pese a tales ataques y cuestionamientos, el General G.A. llegó a ser designado Comandante en Jefe del Ejército, lo que se produjo el 1° de Febrero de 1978.
Ante ello, y frente a la posibilidad cierta de perder ciertas atribuciones y fundamentalmente beneficios de la “lucha antisubversiva” P. y G., pergeñaron una nueva estrategia contraria a las aspiraciones de A. y en
procura de su caída.
Dicho tándem fue quien estuvo detrás de la publicación y distribución de “El Talero”. Un órgano de prensa para ser distribuido entre los oficiales medios y superiores del Ejército y la Policía.
Mediante dicha publicación, se atacó claramente la figura del A. por entonces Comandante en Jefe del Ejército.
Al momento del affaire “El Talero” el General A.P. era el Director del SID y el Teniente Coronel J.G. Adjunto a la Dirección del SID.(fs. 1462).
Dicha publicación salió y fue distribuida entre Abril y Julio de 1978.
En su primer numero, en clara alusión a A. y sus proyectos personales escribieron “Ya ha comenzado a gestarse la GRAN TRAICIÓN de un minúsculo grupo de militares que, temerosos del mañana, acobardados por la responsabilidad que tienen y no quisieran tener, que capaces de cualquier vileza con tal de obtener logros personales, se han aliado artera y deslealmente con los mismos políticos que en el año 1973 las Fuerzas
Armadas expulsaron del Poder” (fs. 3507 vto.).
Por su parte, en su segunda edición, sin ambages se dirigieron directamente contra A., “Acorde a lo establecido en “EL TALERO “No.1, pasaremos a continuación a brindar a las FF.AA y Policiales, información que obra en nuestro poder.

RELACIONES ENTRE EL TTE. GRAL. G.A. Y W.F.A.:
Desde principios de años 1975 por lo menos, el Tte. Gral. A., por su propia cuenta espaldas de sus pares de Jerarquía, mantenía relaciones políticas con W.F.A, con la finalidad de llegar con el misma a un acuerdo
político personal.
Estas relaciones nada tenían que ver con sus funciones como integrante de la Comisión Política (COMASPO), ni con CTE. D.E.IV.
La mayoría de los contactos se realizaron en la Ciudad de Buenos Aires a la cual concurría como delegado del Gral. A. el actual ex Mayor y procesado por sedicioso J.I., quien era su hombre de confianza. J.I. se
entrevistaba normalmente con el delegado de W.F.A, el extinto integrante del M.L.N (Tupamaros) oportunista consuetudinario y pseudo integrante del Partido Nacional H.G.R. Concretando: Un General, Comandante de
una D. E, sin conocimiento de los demás generales, entra en relaciones políticas con un hombre de la calaña de W.F.A con la finalidad de obtener beneficios políticos personales de futuro, utilizando para ello a un Mayor, que posteriormente es procesado por sedicioso, y al cual hace entrevistar con un sedicioso requerido por las Fuerzas Conjuntas.
NOSOTROS PREGUNTAMOS:
– Nadie le va a pedir cuentas sobre estas cosas al Tte.Gral. A.?????
– J.I. está preso. Por qué no se lo entregan a los Servicios de Inteligencia para que lo interroguen???.
Puede ser nuestro C.J.E un hombre que utiliza a un comunista, de enlace con un Tupamaro para hacer pactos secretos con un inescrupuloso sujeto como W.F.A, con la finalidad de obtener logros personales que van contra
los intereses de las Fuerzas Armadas y de la Patria mismo???
-Puede ser un traidor C.J.E??? Si la respuesta es afirmativa debemos preguntarnos, que autoridad moral tenemos los militares para seguir detentando el poder por encima de los políticos???.” (fs. 3532).
Claramente tales afirmaciones son falsas.
En tanto, en la última publicación de Julio de 1978 afirmaron “¿Hacia dónde nos lleva el Teniente Gral. A.? Como integrante del Pueblo y como verdaderos oficiales de la patria es que hacemos la pregunta, pero día a día las preguntas son mas y mas: ¿debe nuestra patria humillarse y debemos nosotros como custodias de la nación, permitir esa humillación en beneficio del ego de un General?
¿Acaso tras él se encuentra al acecho aquellos elementos antinacionales que actuando desde el exterior, y aún desde adentro pretenden entregar nuestra patria a los “Gringos”. Esos que se llenan la boca hablando de los “derechos humanos”, y nunca respetaron nada para lograr sus fines, ya sean rojos o yankees?.
La tan publicitada “Apertura política”: ¿Es acaso el paso anterior a su candidatura o a la de alguno de sus “amigotes” civiles?”(fs. 3628).
G. al declarar en autos negó toda participación en la muerte de la Sra. F.
No obstante, señaló algunos puntos relevantes. En relación a “El Talero” y la inteligencia en sí.
“No recuerdo si fue a fines del año 1977 o principios del año 1978 el Gral. P. me llamó y me dio la orden de que publicara una serie de artículos en El Talero que él me proveyó. El Talero fue una publicación clandestina, por
eso mi falta disciplinaria…. El contenido de la publicación en general eran todos artículos contra el General A., hasta el día de hoy no sé el motivo” (fs. 1703). Y más adelante acotó “P. lo que decía es que cómo el hombre que
propició el golpe contra los políticos ahora se reunía con ellos” (fs. 1709 vto.).
Asimismo, antes había manifestado que previo a que sucedieran los hechos “había sido jefe del departamento 3 del Servicio de Defensa del Estado, o sea el Servicio de Inteligencia de las Fuerzas Armadas inmediatamente antes
de mi retiro. El Departamento 3 se llamaba Planes Operaciones y Enlace” (fs. 1702).
Y por último expresó, “En aquel momento habían dos organismos de inteligencia grandes que eran la dirección donde estaba yo y el servicio de inteligencia de la policía, que lo temas políticos los manejaban ellos” (fs. 1707).
Pero frente a los ataques provenientes de “El Talero” A. actuó en forma rápida y firme.
Por un lado, llevó el tema de “El Talero” a la interna de la Junta de oficiales Generales donde tenía mayorías.
Por otro el día 3 de Julio de 1978 dictó la Orden N.º 7777 por la que ratificaba que “El proceso político aprobado por las Fuerzas Armadas y que fuera publicado el 9 de Agosto de 1977, es irreversible y por él se promueve el
retorno a una nueva democracia representativa…” asimismo destacó que “no permitirá ninguna forma de revisionismo … y se responsabiliza de haber dado la primer orden en tal sentido por su condición de Jefe de Estado mayor Conjunto en la época de referencia.” Sin embargo aclaró “… se revisaran todos aquellos actos, para sancionar con todo el peso de la ley y el desprecio, a los que lograron prebendas, beneficios personales y familiares o llenaron
sus bolsillos de oro a la sombra de los Soldados y oficiales que morían luchando contra la subversión o de la situación coyuntural del presente proceso cualquiera sea el lugar sea el lugar que ocupen en la sociedad Uruguaya” (fs. 1713).
De ésta forma, al asumir personalmente las responsabilidades de las acciones, le quitó protagonismo a las principales agencias de Inteligencia (SID) y (DNII) mandó un mensaje para los subalternos y aún para aquellos como
G. y P., comprometidos con las graves violaciones a los derechos humanos, pero también con las apropiaciones de los bienes de las víctimas. La partida jugada por P./G. por frenar las ambiciones de A. le fue totalmente adversa,
pues éstos se vieron enfrentados a las decisiones de la Junta de Oficiales Generales del Ejército.
Dicho órgano resolvió que el Gral. A.P. solicite el pase a retiro y que el Teniente Coronel J.G. pase a retiro.
De ésta forma, los conspiradores se vieron fuera del Ejército.
Pero como anunciaron en “El Talero”, P. y G. vieron en el horizonte una posibilidad cierta de un acuerdo para una eventual salida institucional y con ello un posible revisionismo de su pasado reciente vinculado a las graves violaciones a los derechos humanos.
Por tanto, doblaron la apuesta.
Al igual que en el año 1976, optaron por la violencia y por los servicios de sus socios de la DNII.
En tanto, el foco se puso en las figuras más representativas del Partido Nacional en Uruguay, sobre quienes tenían importante información acopiada sobre sus vínculos con representantes extranjeros y aún -reales o ficticias- con
algunos integrantes del gobierno para una posible salida institucional.

LA ELECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS
Distintas anotaciones en las fichas patronímicas llevadas a cabo por la DNII y el SID dan cuentas del seguimiento de tales agencias sobre las víctimas de autos H., P. y L.
En tal sentido ver el material aportado -en carpetas celestes por cada una de las víctimas- por la Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente de la Presidencia de la República.
De igual modo, los distintos memorandos o Partes Especiales de Información (PEI) producidos por la DNII (fs. 2 a 17 del acordonado “Documentación aportada por el Ministerio del Interior en el expediente F.H. C. Su muerte”).
Asimismo, Carpeta titulada “VIGILANCIAS, SEGUIMIENTOS ETCETERA” proporcionada por el Ministerio del Interior en acordonado “DOCUMENTACIÓN POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INFORMACIÓN E INTELIGENCIA” (Pieza I fs. 1 a 25).
No obstante, en especial se debe tomar en consideración la Carpeta aportada por la Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente de la Presidencia de la República titulada “ANTECEDENTES DE C.J.P.”
que aporta información relevante sobre los motivos que tenía el SID para atentar contras las víctimas en general y contra él en particular.
En tal sentido en fecha 09/77 se consignó “Según boletín sin nombre, posiblemente impreso. En México, bajo el título de “un memorando” del Partido Nacional, se inserta una nota en la que se establece que él junto con otros dirigentes del Partido Nacional, a saber: H.M., M.H., D.O. y E.B., se entrevistaron con el Sub-Secretario de Estado Americano, Mr. T.T., en ocasión de la visita que este efectuara a nuestro país, donde le hicieron entrega del referido documento, cuyo contenido fue conocido el 26/08/77 en Nueva York, que en su esencia diría: “El mal denominado Ejército Nacional no es más que un Ejército de ocupación, que actuó y actúa con la misma saña que los Ejércitos Alemanes durante los períodos de ocupación en Europa. Este Ejército de ocupación, ha actuado desligado de todas las tradiciones morales, culturales que cumplen despiadadas ordenes de torturar, humillar y vejar, no son soldados nacionales, ni descendientes de aquellos soldados de la libertad de José Artigas. Que los gastos que demanda mantener este ejército enemigo declarado en los hechos del país, imponen un presupuesto gigantesco, propio de un país diez veces más grande. Que la mentada decadencia de los partidos tradicionales no es tal, sino un mero pretexto invocado por los militares para asumir el poder, que las metas y fines que se propusieron los Comandantes en Jefe, no solamente no fueron alcanzados, sino que incluso se registró un retroceso. Que en el Uruguay no existen garantías para ningún ciudadano, y que la desaparición y secuestro de las personas se han convertido en hechos frecuentes” (fs. 701).
Por su parte con fecha 16/12/77 se anotó “Junto a D.O. y M.H., concurrió a la Embajada de los EE.UU, a efectos de entrevistarse con el Embajador de esa representación diplomática” (fs. 701).
Asimismo, el día en fecha 01/78 se glosó “Según boletín sin nombre, posiblemente impreso. En México, se establece que a mediados de 1977 fue designado por el Partido Nacional, para que junto con M.H. y D.O.,
realizaran gestiones oficiales ante las autoridades militares representadas por un integrante del Esmaco, con vistas a concretar una apertura política en el país. Las bases presentadas, se ajustan a los siguientes puntos: 1) Retorno a las libertades públicas, 2)Amnistía generales para todos los presos políticos, excepto para aquellos que cometieron delitos penados por la ley en el momento de haberse cometido. 3) Libertad de acción para los partidos políticos. 4) Las elecciones y plebiscitos que se realicen, se harán de acuerdo a las normas del sufragio universal. 5) Paulatino
retorno de los militares a las actividades castrenses. Los acusados de atropellos, malversaciones y crímenes deberán ser juzgados de acuerdo a la ley” (fs. 702).
En tanto, en fecha 07/78 se puntualizó “Asistió a una reunión realizada en la finca de la calle XXXX, a la que concurrieron personalidades del Partido Nacional y el Embajador de los Países Bajos” (fs. 702).
Por último, a muy pocos días del hecho el 24/08/78 se anotó “Figura entre ex parlamentarios uruguayos que se entrevistaron en el Hotel London Palace con el Presidente del Congresos de Diputados de España por la fracción de la Democracia Cristiana, F.A.M. quien arribara a nuestro país en el día de ayer” (fs. 703).
A lo anterior se debe anejar, lo sostenido en algunos de los reportes realizados desde la Embajada de los EEUU en Montevideo dirigidos al Departamento de Estado.
En efecto, en un informe de Octubre de 1978 se reportó “Aparentemente el disparador fue un suplemento publicado en agosto por el diario pro gobierno, “El País”, en el que se acusaba a W.F. de participar en una manifestación de mayoría izquierdista y anti-Gobierno en Venecia. A partir de la publicación de la reacción del Triunvirato Blanco en “El País”, los redactores fueron sancionados por dicha “actividad política” con la
pérdida parcial de sus derechos pensionarios como ex legisladores. Sin sentirse desanimados por dicha sanción, los líderes prepararon una declaración del principios relativamente moderada y recogieron varios
cientos de firmas la cual se difundió abiertamente el 25 de agoto (día de la Declaratoria de la Independencia).
3. Estas acciones elevaron significativamente el perfil del Partido y, a nuestro parecer, podrían haber dado origen a la trágica muerte de la esposa de M.H., uno de los miembros del Triunvirato el día 5 de setiembre por consumir un vino envenenado”.
4. Mientras tanto continuó la investigación del asesinato. La orientación inicial de la investigación y las declaraciones de los actores claves, incluido el Comandante en Jefe de la Fuerzas Armadas A., señalaron a algunos
elementos de derecha que deseaban descarrilar el programa militar del Ejército, incluidas las elecciones presidenciales de 1981, que la derecha ve como contrarias a sus intereses” (fs. 815, 818 vto y 819).
En otra nota más alejada en el tiempo de Mayo de 1980 informó “H. fue también el más aceptable de los miembros del Triunvirato Blanco a los ojos del Gobierno y, por lo tanto, fue la figura con más posibilidades de llevar a la
oposición blanca a iniciar un diálogo con el Gobierno del Uruguay.
5.- Los otros dos miembros del Triunvirato, P. y O. admitieron que no existe ninguna figura en la oposición que pueda ocupar el lugar de H….” (fs. 822, 824 vto y 825).
Por último, en otra nota de Septiembre de 1978 se informó “Es posible que las víctimas, P., H. y L., hubieran sido elegidas por su relativa notoriedad entre los antiguos políticos y, especialmente en el caso de P., por su vínculo con el exiliado W.F.A.” (fs. 834 y 838).
Resulta evidente que los sectores más duros de las Fuerzas Conjuntas, estrechamente comprometidos con las graves violaciones a los Derechos Humanos, tenían razones serias para dar un nuevo golpe a aquellos que impulsaban un cambio político y que amenazaban con revisionismos. Y precisamente el SID y la DNII (acompañados también por el OCOA) fueron las agencias con mayor relevancia en la faz represiva y, por ende con
las graves violaciones a los Derechos Humanos.
En tal sentido son muy elocuentes las palabras de L.A..
El día 2 de Octubre de 1978 L.A., Presidente Honorario de la Comisión Pro Derechos Humanos en Uruguay de la cámara de los lores, sobre los acontecimientos que nos ocupan le manifestó al Embajador uruguayo en Londres “El 8 de agosto los ex senadores D.O., C.J.P. y M.H. escribieron una carta a “El País” corrigiendo una información falsa publicada en ese periódico el 29 de julio según la cual el líder del Partido Nacional, amigo y colega de ellos, Sr. W.F.A., habría participado en el Festival Uruguayo de Cultura y Lucha, llevado a cabo poco tiempo antes en Venecia.
El 25 de agosto los tres mismos hombres emitieron una declaración de prensa a los periodistas extranjeros en ocasión del Día de la Independencia Nacional, en que solicitaban la restauración de la democracia.
El 29 de agosto el líder del Partido Nacional Sr. L.A.L. recibió tres botellas de vino, una para él y las otras dos para el Sr. P. y Sr. H., con tarjetas que decían: “Jueves 31 al mediodía, nosotros le obsequiamos esto por la Patria en su nueva etapa. MDN”, y todos conocemos las consecuencias trágicas que se derivaron de éste acto de cobardía e inhumanidad.
Al día siguiente el Ministro del Interior , General H.L.B. dijo a los periodistas que ésta conspiración contra las vidas de los miembros del Partido Nacional estaba motivada por “razones políticas”.
Y uno no puede mas que convenir con él que en los lazos de conexión entre las tres víctimas, su afiliación al mismo partido, sugieren una evidente motivación política para el crimen. Pero ¿ quién desea destruir al Partido Nacional? a partir del asesinato, a las victimas del atentado se les prohibió abandonar el país hasta que se haya completado la investigación, y los funcionarios de policía designados para apresar a los criminales son C. y C.H., dos oficiales cuyos nombres han aparecido en varias denuncias de tortura y mal trato de los prisioneros hechas ante la Comisión de
Derechos Humanos de la OEA, y otras entidades internacionales. El segundo oficial de policía mencionado ha sido nombrado esencialmente por su participación en la repatriación ilegal de ciudadanos uruguayos desde la
Argentina, y en los asesinatos de M. y de G.R. Estos hechos, por cierto, no inspiran confianza en el exterior, sobre la determinación de su Gobierno de llevar ante la justicia a los envenenadores, sino que por el contrario, constituyen una indicación de la intención de castigar a las víctimas más bien que a los asesinos” (fs. 3230 a 3233).

RESPONSABLES
A partir de lo que bien de verse, y conforme al análisis detallado que ha realizado el oficial del caso Dr. D.M. en su oficio N.º 1213 de fs. 3736 a 3754, no cabe lugar a dudas que quienes estuvieron detrás de los
hechos fueron el General A.P. (ex Director del SID) y J.G. (ex Jefe del Depto. III del SID y Adjunto a la Dirección) así como el Director de la DNII V.C. y sus hombres de confianza, Comisario H.C.H. y Sub Comisario J.R.Z.Q.
Es obvio que con éstos también actuaron otros funcionarios de la DNII que declararon en autos, pero al presente, respecto de éstos las pruebas incorporadas no nos permiten solicitar responsabilidades, por lo que a sus
efectos la indagatoria debe continuar.
De igual modo tampoco se descarta la intervención de civiles, fundamentalmente quienes se encontraban vinculados a la publicación “Azul y Blanco”.
Ahora bien, la prueba respecto de Z. surge de su actuación en la faz investigativa y aún en la etapa previa al crimen. Por cuanto precisamente éste fue uno de los agentes que envió las botellas a M.H. Pues sus huellas dactilares constan en la botella de la que a la postre bebiera la Sra. M.C.F.E.
Y la existencia de éstas no responden a un error en la manipulación de las botellas, por cuanto, en la que se encontraran sus rastros no paso nunca por la Dirección Narcóticos donde él cumplía funciones. Ergo, debió manipularla antes del atentado.
De esa forma, al haber tomado contacto con la botella que contenía vino con Fosdrin y de la que bebiera C.F. lo hace responsable de su muerte. Para llegar a tal conclusión resulta absolutamente relevante lo expresado por el Dr. M.
ante la Sede. (fs. 4226 a 4234) así como la visualización mediante botellas, con distintos contenidos, realizada también por el Dr. M. ante la Sede. (fs. 4237 y 4238 y filmación agregada).
En tal sentido, al ser preguntado el Dr. M. sobre el oficio N.º 184 (que como señaláramos apareció 10 años después de los hechos) obrante a fs. 502 y firmado por C.H. éste contestó: “…Esa pericia no solo no fue incluida en
el oficio 211 sino que no se hace referencia en ninguna instancia de la investigación y tampoco fue comunicada o informada al SID dado que la DNII le remitía copia de todos los documentos que se realizaban respecto a
la investigación a dicho servicio y constan en los Archivos B. que fueron agregados. La explicación que puedo dar a esa pericia es que constituyó el elemento clave mediante el cual lograron neutralizar y hacerse del informe
pericial de huellas realizado a la botella de H., la cual fue remitida por Técnica a la Seccional 10°, lo cual ocurrió porque la Brigada se hace del Informe 250 fue ocultado de la investigación y recién en el año 1988 aparece
el oficio de forma aislada dentro del cúmulo de información remitida por la DNII ” (fs. 4232).
Por su parte, interrogado por la Sede “A fs. 498 que por memorando 1593 de la 10° se recibió una botella y por oficio 185 de la Brigada una botella se recibieron dos botellas en el departamento de laboratorios de la dirección nacional de policía técnica que informa el 05/09 que las botellas contenían foxdrim y a fs 500 hay tres botellas fotografiadas CONT. El oficio Número 185 es de fecha05/09 e ingresa a científica en esas fecha presumiblemente en la tarde noche, al igual que el 184 y las pericias deben haber sido realizadas en la mañana o madrugada y el tema de que figure 5 o 6 pudo haber sido un error de confección del documento que lo puede firmar a la fecha que ingresa el documento y no de la fecha en que sale, lo razonable seria que fuera el día 06, la producción del informe.
Preg. Se pudo ubicar el memorándum 1536 y el oficio 185 CONT. No, se solicitó copia de ese memorándum a la jefatura de policía y a la brigada de narcóticos se le solicitó la copia del oficio 185 asimismo también se le consultó a policía técnica si poseían algún registro de esos documentos o copias y ninguna unidad cuenta con ese documento. En la documentación original que se aportó esta el oficio 184 original, el 185 no está. PREG.
Como se puede explicar que siendo tres botellas la pericia dactilar se realiza sobre 2 CONT. Como ya expresé la seccional 10° remitió la botella de H. para ser periciada a policía técnica, esa botella podría contener algún rastro
dactilar de forma de poder identificar a alguno de los perpetradores. En cualquier investigación policial y mas aun de la relevancia de los hechos que se investigaban cualquier oficial de policía recién egresado de la escuela
policial y mas aun los oficiales encargados de la investigación como eran C.H. con el grado y experticia que poseía era evidente que una de las primeras actuaciones que debía realizar es someter a pericia dactiloscópica de cada uno de los objetos involucrados en los hechos o sea de las tres botellas, pero en la investigación realizada lo que surge es que no se realizó pericia a ninguna pericia, porque la pericia dactiloscópica nunca formó parte de la investigación policial, según las actuaciones nunca se hizo pericia dactilar a ninguna botella. Con la aparición del oficio 184 e informe 250 de policía técnica se toma conocimiento de la existencia de una pericia dactilar a 2 botellas que fueron enviadas a esos efectos, una fue enviada por la brigada de narcóticos donde consta a texto expreso en el oficio 184 que pertenece a la que fuera entregada por L.A.L. y la otra botella es la que fuera remitida por la seccional 10° por el memorándum y el sentido de esta pericia era como ya lo expresé hacerse del eventual resultado que pudiera arrojar la pericia dactilar de la botella de H. y siendo que el resultado era comprometedor o con resultado positivo fue ocultada, de lo contrario debió ser incorporada como una actuación de la investigación. Preg. Se puede determinar cual botella presentaría las huellas de Z. Cont. Si, en una de las botellas aparece un rastro perteneciente a L.L., este entrega su botella para ser periciada y según sus declaraciones él nunca manipuló
las otras botellas sin el envoltorio de papel, por lo cual la única conclusión razonable sería que su huella que parece en una botella corresponde a la entregada por él y la otra por descarte es la entregada por la seccional 10°
Preg. Porque no sería la entregada por C.J.P. Cont. La botella de P. no fue remitida por parte de la brigada de narcóticos a realizar pericia dactiloscópica, solo fue remitida la de L. como consta en el oficio 184…” (fs. 4233 y 4234).
Asimismo, tal versión fue reiterada al momento de la visualización. En dicha instancia se le preguntó al Dr. M. “Dónde se encontraron las huellas digitales del oficial Z. Cont. En la botella que le fue entregada a H., porque
como ya expresé la brigada de narcóticos remitió a periciar la botella entregada por L. y la otra botella que se remitió a periciar fue la enviada por la seccional 10°. El Dr. L. expresó que nunca manipuló ninguna de las otras
dos botellas sin su envoltorio de papel, por lo tanto su huella solo aparecería en su botella, por ende los 4 rastros que aparecen en la otra botella pertenecen a la botella remitida por seccional 10°”.
Preg. De la escena del hecho la botella entregada por H. fue remitida en forma directa a dactiloscópia. Cont. Si, de la escena del hecho fue a la seccional y ésta la remite por memorándum 1593”.
Preg. Se puede inferir que esas huellas obtenidas en la botella incautada en la casa de H. llegaron a la botella con anterioridad a la entrega del paquete. Cont. Sí, porque posteriormente no se tuvo contacto con dicha
botella hasta que no fuera entregada por policía técnica a la brigada de narcóticos luego de hechas las pericias” (fs. 4238).
A fortiori se debe tener presente que el Oficial J.R.Z. se desempeñó en los organismos de Inteligencia policial y militar sospechados. Según su legajo, el día 2 de Junio de 1975 se consignó “El Sr. Jefe Policía felicita al titular de la foja ya otros funcionarios de la Dirección de Información e Inteligencia por la destacada función que le cupo a dichos funcionarios” (fs. 1976). Evidentemente se refería a la actuación de la DNII en el “Plan Conejo” que fue la persecución llevada a cabo el 25 de Mayo de 1975 a los últimos integrantes del MLNT que intentaban reorganizarse.
Seguramente dicha actuación le valió ser requerido por el Depto. III del SID que fue el principal órgano de inteligencia y represivo de aquel momento.
Ello también surge de su legajo, pues en la nota del 12/8/77 se consignó “Se comunica que el titular de la foja se reintegró a la Brigada de Narcóticos y Drogas Peligrosas luego de prestar servicios en el SID desde el día
14.7.76” (fs. 1982).
Dable es resaltar que el lapso que prestó funciones en el SID, lo hizo bajo el mando de J.G. que fungía como Jefe del Depto. III de dicho organismo.
Asimismo, resulta de orden recordar, que su nombre surge de la documentación incautada en el domicilio de G. en un documento con el título
“UBICACIÓN DE ALGUNOS INTEGRANTES DEL DEPTO III DEL SID” (fs. 3742).
Amén de lo anterior, también se debe tener presente que, el periodista R.R.C. -quien ha investigado durante décadas la participación de agentes policiales y militares en graves violaciones a los derechos humanos puso en conocimiento de la Justicia, que había tenido la oportunidad de entrevistar en Brasil a una persona uruguaya. Dicha persona -que se encontraba preso en ese país por la rapiña a un camión blindado de dinero decía haber sido agente de los servicios de inteligencia y tener información sobre el caso F.H.
Según la versión de R. la persona de apellidos B.N. le expresó que en dicho homicidio tuvo participación “el médico C.M. médico forense a quien apodaban Capitán A.” (fs. 665).
Pero R. no solo se detuvo en ese punto, sino que expresó tener “dos fuentes reservadas que pertenecieron a servicios de inteligencia de la época…” que también le aportaron información.
Y mas adelante, tras desarrollar los pormenores de las pujas entre A. y P. con las publicaciones del Talero entre medio, manifestó “Lo probable, lo que surge de mi investigación es que los intereses norteamericanos al perder su pieza clave operativa que era P., deciden recurrir a su viejos amigos de la Dirección Nacional. De Información e Inteligencia en particular a la Brigada de Narcóticos que comandaba H.C.H. Según mis informantes se les dio la orden de neutralizar e interpretaron por aniquilar y por eso hicieron las botellas envenenadas” (fs. 669).
Ante el dato aportado por R.R. se tomó declaraciones al confidente de éste.
En tal sentido, R.M.N.B., tras admitir que había realizado declaraciones ante un periodista y manifestar que no fue ajeno a los hechos el Dr. C.M.G. expresó “Él no participó por voluntad propia y espontánea. Cumplía órdenes de Inteligencia del Gobierno … porque él era de esa policía que tiene jurisdicción en todo el país … la Dirección Nacional de Información e Inteligencia” (fs. 1114 vto. y 1115). Y ante la pregunta “¿Usted sabe de la participación de otras personas, civiles, militares y policías, en la muerte de la Sra. C.?” Contestó “Había un agente de la CIA que se llamaba, o se llama … quizás esté vivo F.L.T. Estuvo presente nuestro Director de Inteligencia del Gobierno, el General L.V.Q., un agente de la Policía de Inteligencia … creo que era el departamento tres … no, del departamento cuatro que se llamaba H.C.S. Y otros dos agentes, también integrantes de esa Oficina, que se llama hasta el día de hoy Dirección Nacional de Información e Inteligencia” (fs. fs. 1115).
A su vez, N.B. realizó otra aseveración relevante, “El “Capitán A.” se llamaba C.M.G. Era médico legista. Era un buen hombre. Lamentablemente recibía órdenes, y cuando ya no quiso formar parte de ciertas atrocidades de la Inteligencia del Gobierno, lo tiraron desde un primer piso.
Y quedó por esas. Cayó de un primer piso. Fue asesinado” (fs. 1114 vto.).
A partir de dichas manifestaciones se pudieron confirmar algunos aspectos desarrollados por N.B.
a.- Efectivamente éste integró los cuerpos de la Policía y del Ejército. Ello surge de la ficha patronímica aportada por la DNII a fs. 1476 donde se consignó “N.B. R.M. Chapista mecánico Ex Militar.-Ex Policía de la J.P.M. Taller de radio”. En tanto, dentro de las anotaciones sobre su actividad delictiva, también se consignó la entrevista efectuada por el Diario la República en donde se detalló “que en la muerte de la esposa del ex senador M.H., participó un médico de iniciales C.M. (lo nombra) al que le decían “Capitán A.” (fs. 1482)
b.- el Dr. C.E.M.G. efectivamente revistió funciones como médico forense (fs 1125 y 1126).
c.- tenía especial conocimiento en tóxicos. Sobre el punto el Prof. G.B. destacó “Ahora conocimientos de tóxicos tenía, desde que su padre era profesor de toxicología y él había sido forense y le gustaba el estudio de
venenos y tóxicos, pero cualquiera de nosotros puede tener conocimiento” (fs. 2381).
d.- Asimismo, se pudo constatar que C.M. falleció en forma dudosa y que el responsable de Seccional Policial 10a. que actuara en el lugar del hecho fue J.R.Z.
Ello surge del expediente P 70/91 ante el Juzgado Penal de 6° turno acordonado en autos.
En efecto, M. falleció al precipitarse al vacío desde uno de los balcones de su casa sita en XXXX.
En el lugar se hizo presente el Comisario J.R.Z., quien, en el Oficio N.º 595 dirigido al Juez de turno, consignó dos puntos muy dudosos que a posteriori no se pudieron corroborar.
a.- “Se hace constar que se solicitó los servicios de Dirección Nacional. de Policía
Técnica concurriendo un equipo a cargo del Sr. Of. S. Ayte. M.G. quienes no pudieron realizar el peritaje correspondiente, debido a la negativa para ello, puesta en manifiesto por la persona L.N.G.” (fs. 2 vto.). Tal aseveración fue desacreditada por el testimonio obrante a fs. 3167 y los informes de fs. 3168, 3173 y 3174).
b.- A su vez, en el oficio referenciado destacó “Finalmente, a la hora 10.45, comunicó a ésta su Act. G., que ya se habían tomado fotografías en el lugar del accidente por parte de personal judicial, por lo que se podía liberar la
escena del hecho…” (fs. 3). Este punto tampoco pudo constatarse por cuanto en el expediente no obran tales fotografías.

PETITORIO
En atención a los fundamentos desarrollados supra, a criterio de la Fiscalía existen elementos de convicción suficientes para sostener prima facie, que J.R.Z.Q. resulta responsable en calidad de coautor de un delito de
Homicidio muy especialmente agravado por la reiteración y especialmente agravado por la premeditación y la utilización de veneno. (arts. 1, 3, 5, 54, 60, 61, 310, 311 y 312 Numeral. 6 del C. Penal).
Habida cuenta, que éste formó parte del grupo de conjurados que premeditadamente, orquestaron la remisión de las botellas con veneno hacia tres reconocidos opositores políticos al régimen dictatorial.
Como desarrolláramos antes, los agentes remitieron tres botellas a distintas personas. En dichas botellas se constató la presencia del veneno conocido comercialmente como Fosdrin.
Como resultado de dicha conducta, falleció la Sra. F.H., pero claramente pudieron haber corrido igual suerte los destinatarios de las otras botellas y aún a quienes éstos convidaran con la bebida.
Pues, esta claro que la puesta a disposición de las víctimas de las botellas con el vino envenenado, supuso per se, un avance del iter criminis alcanzado por las previsiones del art 5 del C. Penal.
Habida cuenta que, el hecho de poner a merced de las víctimas las botellas con el vino envenenado, implicó la ejecución de un acto inequívocamente direccionado a la violación del bien jurídico vida. Y si el resultado no se
produjo, fue por causas independientes de la voluntad del agente. Resulta evidente que los autores debieron representarse tal hipótesis y pese a ello no frenaron su accionar, quedando entonces al albur del destino o si se quiere de la conducta de las víctimas.
De lo anterior se infiere que nos encontramos frente a un homicidio consumado y al menos a dos tentativas de homicidio, desde que las otras botellas se dirigían a víctimas diversas.
Homicidios que concurren en reiteración real, empero que quedan alcanzados por la hipótesis prevista en el art. 312 Numeral 6° del C. Penal. Desde que como señalara en su momento I.G. “tratándose del homicidio, el régimen especial de los arts. 311 y 312, sustituye al general de la reiteración” (citado en Bayardo Bengoa Derecho Penal Uruguayo T. VIII ed. JVS año 1970 pág. 59).
En razón de lo que viene verse a la Sra. Jueza PIDE:
1.- Lo tenga por presentado a contestar la vista conferida.
2.- Se disponga el procesamiento y prisión de J.R.Z.Q. de conformidad a la imputación referenciada.
3.- Mientras se resuelva la presente solicitud se disponga el cierre de fronteras.
4.- Sin perjuicio de lo anterior y a efectos de continuar las actuaciones en relación a los restantes involucrados, solicito:
a.- se oficie a la Fiscalía de delitos económicos de 2° turno a cargo de la Dra. Silvia Porteiro, a los efectos que se sirva remitir la información obtenida del celular incautado al funcionario policial S.L.
b.- Se oficie al Ministerio del Interior a los efectos que se sirva informar sobre la investigación administrativa realizada a partir de los ingresos irregulares al sistema “Guardián”.
c.- Con la documentación allegada a la causa en los últimos días de la investigación (escuchas telefónicas, legajos personales, testimonio de los indagados, investigación administrativa) se requiera al oficial del caso efectúe un informe ampliatorio al ya realizado.

Montevideo, 28 de noviembre de 2023