No a la acción de amparo

El Juez Letrado en lo Contencioso Administrativo de 3º Turno, Dr. Pablo Gandini, desestimó la acción de amparo planteada respecto de OSE, Presidencia de la República y Ministerio de Ambiente por el suministro de aguas corrientes con alta salinidad y presunta contaminación perjudicial para la salud humana.

Gandini señaló que “no surge acreditada la nota de ilegitimidad manifiesta para que prospere la acción de amparo”, indicando además que “se acreditó que el Estado uruguayo se encuentra haciendo todo lo posible dentro de los límites de los recursos disponibles”.