Nafta y supergás aumentan 7 % y gasoil 14 %, a partir de mayo
El Gobierno señala que estos incrementos implican que se siga amortiguando el impacto de la suba del petróleo por el conflicto en Medio Oriente

El Poder Ejecutivo anunció un aumento a partir de mayo del 7 % para el litro de nafta, 14 % el litro de gasoil y 7 % el kilogramo de supergás, según comunicado de prensa difundido este jueves.
Asimismo, indica que con esta decisión el gobierno continúa amortiguando el impacto de la suba del petróleo por conflicto en Medio Oriente, ya que “los valores necesarios para alcanzar los precios de referencia implicarían subas de 11% para nafta, 46% para gasoil y 12% para supergás (Gas licuado de petróleo).
Por lo tanto, los nuevos valores de los combustibles serán 88,03 pesos por litro para nafta, 57,72 pesos por litro para gasoil 50S y 101,26 pesos por kilogramo de supergás.
En la justificación del incremento, se indica que “el 28 de febrero de 2026 marcó un punto de inflexión en el mercado energético global. El inicio del conflicto bélico entre Estados Unidos e Israel con Irán desencadenó una disrupción sin precedentes en el suministro mundial de petróleo, al afectar la circulación marítima en el Estrecho de Ormuz”.
Tras señalar que en otros países de la región los aumentos de precios de combustibles fueron mayores, sostiene que “el gobierno uruguayo optó por una estrategia de amortiguación. En abril se establecieron aumentos de 7% en los tres principales combustibles, por debajo de lo que hubiera correspondido según el precio de referencia internacional. Uruguay se posicionó como una de las economías que menor impacto del shock trasladó a sus consumidores, tanto a nivel regional como mundial, durante los meses de marzo y abril”.
Por otra parte, se informa que a partir del 1° de mayo “se extiende el beneficio de reducción del IMESI de naftas en estaciones de servicio ubicadas en zonas próximas a pasos de frontera terrestre, ampliando a las estaciones de servicio ubicadas a una distancia mayor a 20 kilómetros y hasta un máximo de 60 kilómetros de los pasos de frontera terrestre. En estos casos, la reducción del impuesto será del 50% de la reducción vigente para las estaciones ubicadas dentro del radio de 20 kilómetros”.

